inclusiontecnologica
Capítulo 7
Tasas tecnológica del alumno

Ubuntu
Primer consigna
En el Capítulo 7 y dentro del punto “Tasas tecnológicas del alumno” (páginas 194 y 195) el autor indica que una alternativa para financiar los costos de la inversión en tecnología para la educación es cargar directamente una parte de esos costos a los alumnos, mediante una tasa tecnológica. El mismo autor señala ventajas y desventajas de ese criterio. ¿Conoce algún caso local en que ese criterio se aplique? ¿Considera que están dadas las condiciones en nuestro país para poder hacer eso en el ámbito de la universidad pública? ¿Y en el ámbito privado? Por otra parte, ¿puede enumerar algunas otras ventajas y/o desventajas en la aplicación de ese criterio? Intente desarrollar las ventajas que señale, de forma que puedan ser usadas como argumentos convincentes para adoptar ese criterio en una institución superior.
Desarrollo
Cuando Bates se refiere al tema: “Tasas tecnológicas del alumno” indica que una alternativa para financiar los costos de la inversión en tecnología para la educación es cargar directamente una parte de esos costos a los alumnos, mediante una tasa tecnológica.
Pero también reflexiona y dice “cobrarles una tasa adicional por el acceso a la tecnología, aunque suponga un acceso más equitativo, me parece cuestionable. Aparte de las cuestiones de incremento de los gastos de los alumnos debido a la proliferación de tasas complementarias, hay aquí un principio más amplio. En la mayoría de las instituciones no se cobra a los alumnos el acceso a la biblioteca ni el uso de las salas de conferencias. ¿Cuál es en principio la diferencia que les obligue a pagar una cantidad extra por el acceso a la tecnología?...”
Aquí Bates pone el foco en un aspecto vinculado con el derecho al conocimiento y su universalidad, pero luego gira en su análisis y busca las respuestas en los aspectos contables y financieros.
Las preguntas que deberíamos hacernos son: el acceso a la tecnología, los derechos de autor y la propiedad intelectual en la educación están vinculados a ¿un negocio o a un derecho universal al conocimiento? En la educación, cada vez que invocamos las leyes del movimiento universal o utilizamos la ecuación E=mc2 ¿debemos pagar derechos de autor o propiedad intelectual? Para acceder a las nuevas herramientas de estudio ¿debemos pagar tasas de acceso a la tecnología?
Creo que el análisis es más profundo y nos lleva a replantearnos si con la Tecnología Educativa vamos a contribuir a un negocio o a un derecho universal.
Es una línea muy delgada sobre la cual debemos debatir profundamente. Los medios vehiculizadores, y los contenidos digitales en el ámbito educativo merecen emparentarse con una visión más cercana a las de Rene Favaloro (By-Pass Aorto-Coronario), Alexander Fleming (penicilina), y tantos otros que no patentaron sus descubrimientos e innovaciones por propia decisión y no recibieron ningún tipo de recompensa económica.
Para ellos sus descubrimientos pertenecían a la humanidad, entendida ésta bajo el paradigma Ubuntu:"Humanidad hacia otros", "Soy porque Ustedes son", "Una persona se hace humana a través de las otras personas", ¿Cómo uno de nosotros podría estar feliz si todos los demás están tristes?
Dentro de este paradigma podemos también incluir el concepto del software libre y copyleft que demostró no ser solo una visión romántica y utópica en estos tiempos. Se convirtió en una verdadera opción de trabajo en el campo de la informática y la economía.
Como contrapartida de esta visión está la de Bill Gates que se centra en conceptos como software propietario, copyright, y propiedad intelectual.
Dentro de esta visión no desencajan las tasas de acceso a la tecnología por parte de los alumnos.
Lo paradójico es que Favaloro se disparó un tiro en el corazón, acuciado por las deudas que poseía su fundación, y la falta de pago de las obras sociales por no prestarse a la corrupción imperante. En dicha fundación ayudaba a los más necesitados, y además le permitió formar más de 400 médicos residentes bajo su supervisión, atender más de 347.725 consultas, 273.276 estudios no invasivos, 19.262 cateterismos, 5.894 cateterismos terapéuticos, 470 trasplantes y 20.174 cirugías a cualquier paciente, tuviera o no obra social.
Como contrapartida Bill Gates es uno de los hombres más ricos del planeta…
Cuando nos preguntamos quien debe realizar la inversión en tecnología, Bates nos da una pista en la pag. 196 de su libro “Se podrá decir que el objetivo de usar la tecnología es mejorar la calidad del aprendizaje y preparar mejor a los alumnos para una sociedad basada en los conocimientos, y no el de ahorrar dinero. Luego los gobiernos tienen la responsabilidad de afrontar los costes adicionales que se derivan de obligarse al uso de la tecnología para la enseñanza,” pero luego plantea los recortes presupuestarios por parte de los gobiernos, y busca nuevas formas de financiamiento.
Sería más acertado plantear que las partidas presupuestarias deben mantenerse y sobre todo en países como Canadá y EEUU donde el problema no es de falta de fondos sino la distribución de los mismos. EEUU es el país con mayor presupuesto militar del mundo (u$s607.000.000.000, 3.5 de su PBI y el 41% del presupuesto militar global), lo cual implica una decisión política en qué invertir.
En cuanto a la pregunta: ¿Considera que están dadas las condiciones en nuestro país para poder hacer eso en el ámbito de la universidad pública? ¿Y en el ámbito privado?
En Argentina se transita otro camino respecto de la inversión en educación: la Educación Superior es gratuita y se destina a ella el 1.02 % del PBI. Se otorgan becas de estímulo para el estudio de carreras vinculadas con las ciencias exactas y naturales denominadas Plan Nacional de Becas del Bicentenario (PNBB). Estas becas para estudiantes Universitarios y Terciarios en muchos casos son destinadas para acceder a los insumos tecnológicos necesarios para avanzar en sus respectivas carreras. Además los alumnos que ingresan a la Universidad provenientes de escuelas públicas (más del 60%), ya poseen ordenadores personales otorgados por el Plan Nacional Conectar Igualdad, lo cual acorta notablemente la brecha digital en términos de hardware vinculado con el acceso a la tecnología.
Considero que es en esta dirección en la cual se debe seguir profundizando, definiendo como inversión por parte del Estado, la responsabilidad en la reconversión tecnológica en el ámbito de la educación Pública de Nivel Superior.
Ya se demostró su viabilidad de este sistema en el nivel medio, donde cada estudiante secundario de escuela pública se le proporcionó un ordenador personal en forma gratuita, y esto no llevó a la quiebra del Estado Nacional.
Este mismo sistema puede llevarse a cabo en nivel de Educación Superior.
En cuanto a las Universidades Privadas, coincido plenamente con el análisis de Bates en pag. 195 “Si una institución considera que el uso de la tecnología para la enseñanza es fundamental para su desarrollo, el dinero para su aplicación debe proceder de los fondos generales para gastos de funcionamiento”.
Esto implica entender la lógica empresarial de la visión de las Universidades Privadas vinculadas con la rentabilidad vs la calidad del servicio. En este punto se deben transparentar aspectos como la misión, visión y objetivos de este tipo de Instituciones de Educación Superior.
En una empresa de servicios los costos de operación están contabilizados en la tarifa de usuario y toda reconversión tecnológica empresarial debe analizarse en términos de costos y beneficios (mejor producto a menor precio), y allí sí, “la mano invisible del mercado” equilibrará la demanda por la aparición en el mercado de otras empresas que brinden el mismo servicio, a igual calidad, pero a menor precio.
Por eso es importante respetar los paradigmas desde el cual se analizan las distintas realidades para no confundir lo público con lo privado.